Icono del sitio – RTU –

Si se puede decretar un nuevo estado de excepción, según la Corte Constitucional

La Corte Constitucional ratificó que el Presidente de la república, Lenín Moreno, no está impedido de dictar una suspensión del derecho a la libertad de tránsito y un eventual toque de queda, en el marco de un estado de excepción focalizado y debidamente justificado.

En declaraciones, el Dr. Hernán Salgado, presidente de la Corte Constitucional, aclaró que la entidad no autoriza al presidente a declarar un estado excepción, sino que el mandatario lo emite y luego la corte procede a evaluar si es válido o no.

De esta manera, rechazó que sean los responsables de implementar un nuevo estado de excepción, como algunos funcionarios lo han manifestado.

Salir de la versión móvil