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Carolina Jaume fue detenida por la policía

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La actriz y presentadora de televisión Carolina Jaume fue retenida por la Policía Nacional la noche del lunes 19 de diciembre de 2022. Los agentes la capturaron cuando salía de una peluquería al norte de Guayaquil, atendiendo una boleta de apremio en su contra.

La mañana del martes 20 de diciembre, hasta las 11:00, todavía se encontraba retenida en la unidad judicial del Cuartel Modelo. Al sitio de su detención se acercaron personalidades de la farándula para mostrarle su solidaridad y ofrecerle ayuda.

Jaume mantiene desde hace varios años una disputa pública con su expareja, Allan Zenk, por la custodia del hijo de ambos. Las dos partes han divulgado audios y chats de discusiones, en la que se revelan una serie de detalles íntimos de la relación y, sobre todo, del cuidado del menor.

Tras las discusiones públicas, Jaume y su ex pareja acordaron un régimen de visitas para el menor. Para llegar a este convenio pasaron por la justicia y por salas de mediación.

Sin embargo, a pesar de tener un acuerdo amplio de visitas, Jaume había impedido a Zenk a ver a su hijo a inicios de octubre, por lo que él la denunció ante la justicia y pidió tener acceso al menor.

Tras la denuncia, la justicia falló a favor del denunciante, ordenando que tenga acceso a su hijo y emitiendo la boleta de apremio por haber incumplido y obstaculizado el régimen de visitas de su hijo.

El padre habría reportado los atropellos a sus derechos y a los del menor ante la policía especializada en niños y adolescentes y ante el tribunal que maneja el caso.

La legislación ecuatoriana considera a los apremios como medidas coercitivas, que aplican los jueces para que los alimentantes cumplan con sus obligaciones que voluntariamente no cumplieron. En este caso específico es el referente a las visitas acordadas entre padre y madre.

Según la ley vigente, una persona que incumple con el apremio por primera vez puede sufrir una privación de la libertad por 30 días. Si hay reincidencia, son 60 días más y se puede extender hasta un máximo de 180 días.

Vía: EL COMERCIO

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