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Asueto del 31 de octubre: ¿Cómo se recuperará la jornada?

La suspensión de la jornada laboral para el 31 de octubre, se unifica como día de asueto para el feriado de noviembre. Así lo decidió el presidente Daniel Noboa mediante Decreto Ejecutivo 438 emitido el pasado 27 de octubre.

Esta decisión tomada en medio de la crisis energética pretendería reactivar el sector de turismo al promover que las personas tengan más tiempo para emprender actividades de entretenimiento. Además, en días anteriores se emitió el Decreto N° 429 en que se reduce el IVA al 8% en actividades de turismo.

¿No trabajar el 31, significa reponer la jornada en algún momento?

El Gobierno ratificó que la medida de suspensión laboral es obligatoria para los sectores público y privado, y será recuperable. En el caso del sector privado, la recuperación debe acordarse previamente entre empleado y empleador. En el sector público, la jornada se repondrá añadiendo una hora de trabajo durante los siguientes ocho días laborables.

Pero, ¿Qué pasa si el sector privado no acata está medida?

El Ministerio de Trabajo indico que las empresas privadas podrán trabajar el 31 de octubre, pero deberán recompensar al trabajador con ocho horas libres, las cuales podrán ser divididas en varios días o en su efecto en una jornada

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