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Presos y atención prioritaria: ¿Qué implica la reforma de Noboa?

El presidente Daniel Noboa presentó una nueva reforma constitucional que contempla a las personas privadas de la libertad. La segunda reforma planteada por el ejecutivo fue emitida el 6 de noviembre de 2024 a la Corte Constitucional para que emita un dictamen.

Según, el comunicado emitido por la secretaría general de comunicación de la Presidencia se propone reformar los artículos 35 y 51 de la Constitución. En este sentido, al artículo 35 de la Carta Política hace referencia a los derechos de las personas y grupos de atención prioritaria.

“Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en condición de doble vulnerabilidad”.

Mientras que, el articulo 51 reconoce siete derechos de los PPL:

Esta reforma tendría la finalidad de remover a las personas privadas de libertad de los grupos de atención prioritaria. De acuerdo al documento se señala: “este planteamiento es guiado por sentido de justicia e igualdad en la distribución de los recursos y atenciones estatales, que debieron ser siempre prioritarios para toda la ciudadanía”.

Anteriormente, el primer mandatario presentó otra propuesta de reforma parcial a la Constitución sobre las bases militares extranjeras.

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