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lunes, 27 julio, 2026

Corte Constitucional rechaza reforma parcial que excluía a las PPL de grupos prioritarios

La Corte Constitucional dictaminó que la reforma parcial propuesta por el presidente Daniel Noboa, para modificar los artículos 35 y 51 de la Constitución, no es apta para trámite. La propuesta buscaba excluir a las Personas Privadas de Libertad (PPL) de los grupos de atención prioritaria.

El dictamen señala que la eliminación de la frase «personas privadas de libertad» del artículo 35 violaría principios constitucionales fundamentales:

  1. Prohibición de restricción de derechos y garantías: reconocida en los artículos 11 (numerales 4 y 8) y 84 de la Constitución.
  2. Regresividad de derechos: al debilitar las obligaciones estatales como garante de los derechos de las PPL.
  3. Menosprecio de derechos: la propuesta contradice el reconocimiento de las PPL como un grupo que requiere atención prioritaria, debilitando la protección estatal hacia esta población.

La Corte subrayó que cualquier intento de modificación constitucional que implique una reducción de derechos o garantías sería inconstitucional.

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