Fondo de promoción electoral: una reforma sin efecto real
Las reformas al Código de la Democracia, aprobadas en 2020, establecieron la devolución del fondo de promoción electoral con el fin de reducir el número de candidatos. Según la norma, quienes obtuvieran menos del 4% en dos elecciones consecutivas debían reintegrar el 50% de los recursos estatales destinados a su campaña.
El fondo de promoción electoral es el dinero que el Estado, a través del Consejo Nacional Electoral (CNE), asigna a cada candidato durante las elecciones para su publicidad en prensa, radio, televisión y vallas publicitarias.
Sin embargo, en la práctica, esta medida no ha logrado su objetivo. En 2021 hubo 16 binomios presidenciales y en 2025 la cifra se repitió. Además, ningún candidato deberá devolver el fondo pese a los bajos resultados obtenidos en los comicios.
El reglamento de promoción electoral, aprobado tras la reforma, exige que el CNE identifique a los candidatos que no alcanzaron el umbral del 4% en dos elecciones consecutivas. No obstante, la normativa se enfoca en personas, no en partidos.
El reglamento de promoción electoral, aprobado después de la reforma al Código de la Democracia, establece que después de la segunda elección (que sería la de 2025) el CNE deberá identificar qué candidatos no llegaron por dos ocasiones al umbral del 4%. Es decir, que la devolución 50% del fondo de promoción electoral se cumpliría sólo si un mismo candidato se presenta en dos elecciones consecutivas.
Situación que, los movimientos políticos aprovechan y cambian de candidatos en cada elección con el fin de evitar la sanción. Por ello, en 2021 y 2025, siete organizaciones políticas no alcanzaron el 4%, pero al presentar binomios distintos, no tendrán que devolver los fondos.
La falta de efectividad de esta reforma reaviva el debate sobre el uso de recursos estatales en campañas y la proliferación de candidaturas sin respaldo ciudadano.

