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29 años de prisión por violación y tortura en Esmeraldas

La Fiscalía General del Estado, en Esmeraldas, este lunes 24 de febrero dictó prisión al implicado en la violación a una mujer.

La entidad sentenció a Harry Ignacio M. S., a 29 años y cuatro meses de cárcel tras comprobar su responsabilidad en el delito cometido a su expareja.

Esta sentencia, se obtuvo con base a las pruebas presentadas por la agente fiscal de la Unidad N° 1 de Violencia de Género de la Fiscalía.

Como contexto, los hechos ocurrieron en la ciudad de Esmeraldas, en el sector de Bellavista Norte, en el domicilio del procesado.

De acuerdo a la versión, la mujer fue engañada por su agresor y la víctima asistió al domicilio donde la agredió físicamente y la sometió a reclamos y humillaciones.

Durante el ataque, el sospechoso, realizó una videollamada a un hombre con quien celaba a su expareja, para que presenciara los abusos y que sea testigo de los mismos.

Además de los golpes, la mujer fue herida con un machete, con el que Harry M., cortó su cabello. Luego, la víctima recibió amenazas de muerte para ella y su familia.

El sujeto, habría grabado las agresiones sexuales que cometió y mantuvo a la víctima cautiva durante toda la noche. Al día siguiente, la perjudicada fue rescatada por las autoridades luego de que fueron alertadas por una llamada al ECU 911.

En la audiencia de juicio, Fiscalía presentó el testimonio anticipado de la mujer, las declaraciones del médico legista, la perita en biología forense, el padre de la víctima, el policía aprehensor entre otros.

Luego de la deliberación, el Tribunal de Garantías Penales declaró al agresor culpable del delito de violación, considerando agravantes como tortura, intimidación, humillación y venganza.

Además, ordenó el pago de USD 15 000 como reparación integral de la víctima, su tratamiento psicológico y una multa de seis Salarios Básicos Unificados (SBU),es decir USD 2 760 para el procesado.

Este caso fue procesado por el delito de violación, tipificado en el artículo 171, inciso 1, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con las agravantes en el artículo 48, numerales 7 y 9, del mismo cuerpo legal.

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