16.6 C
Quito
miércoles, 22 abril, 2026

Golpe a ‘Los Choneros’: 18 años de prisión por tráfico de armas y droga

El pasado jueves 27 de febrero, la Fiscalía General del Estado informó sobre la sentencia de 2 procesados por tráfico de armas y sustancias ilícitas.

El Tribunal de la Sala Especializada para el Juzgamiento de Delitos Relacionados con Corrupción y Crimen Organizado, en base a los elementos presentados por Fiscalía dictó sentencia para Jostin Zamir A. Z., y Leivy Joao M. F., a 18 años y 8 meses de prisión.

Los sentenciados presuntamente son integrantes del Grupo de Delincuencia Organizada (GDO) ‘Los Choneros’ y fueron acusados de tráfico ilícitos de armas y de sustancias sujetas a fiscalización.

Según el contexto, los sospechosos fueron capturados la madrugada del 18 de abril de 2024 en el sector de Canuto, perteneciente a Manabí.

Esto fue durante un patrullaje de rutina que realizaban las autoridades de seguridad durante el estado de excepción que rige en la provincia por el conflicto armado interno.

Es así que los uniformados realizaron una inspección en la vivienda donde se encontraban los delincuentes y encontraron 16 armas de fuego, varias de uso militar, 14 alimentadoras, 546 municiones y 4 kilogramos de marihuana.

De acuerdo a información de los militares, los sentenciados no contaban con el registro del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas (FF.AA), para portar o almacenar armas de fuego, partes y municiones.

Además, dicho armamento no contaba con el registro en la base de datos del Sistema Informático de Control de Armas de la misma institución.

Por otro lado, la Fiscal de la Unidad Especializada en Investigaciones contra la Delincuencia Organizada N° 8, durante la audiencia de juicio destacó que los implicados atentaron contra el bien jurídico de la seguridad pública y el derecho a la salud de los habitantes del sector.

Junto con la evidencia recolectada se presentó las pericias balísticas y aptitud de disparo, la pericia de idoneidad de cartuchos, el estudio de carga, la pericia de identificación y homologación practicada a la sustancia encontrada, testimonios de los militares que actuaron en el procedimiento, el informe de investigaciones, entre otras.

Fiscalía procesó este caso con base al artículo 220, numeral 1, literal c (alta escala), en el grado de autores directos, conforme lo establece el artículo 42, numeral 1 literal a del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Además, se consideraron las circunstancias agravantes del artículo 47, numerales 4 y 5 del mismo cuerpo legal: “aprovecharse de la conmoción social” y “cometer la infracción con la participación de dos o más personas”.

ARTÍCULOS RELACIONADOS

ÚLTIMAS PUBLICACIONES

Descubre más desde - RTU -

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo