El Tribunal de Garantías Penales dictó una sentencia condenatoria contra tres ciudadanos y una persona jurídica, luego de acoger las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado en el denominado Caso Eclipse. Los implicados fueron hallados culpables del delito de lavado de activos, al haber movilizado de forma ilícita más de 6,1 millones de dólares entre 2016 y 2024.
Los sentenciados son Edgar J., Ángel J. y Diego Iván J., quienes deberán cumplir diez años de prisión y pagar una multa equivalente al triple del dinero lavado. Además, se ordenó el comiso de bienes muebles, inmuebles y activos vinculados al delito.
Por su parte, la empresa Edgar F. Jácome & Representaciones Cía. Ltda. (Megagiros) fue disuelta y se ordenó la liquidación de todos sus activos, al comprobarse que fue usada para blanquear más de 1,9 millones de dólares
Entre los hallazgos más graves, se reveló que Diego Iván J., exfuncionario de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), accedió ilegalmente a información reservada y manipuló alertas para proteger a la red delictiva.
La Fiscalía presentó 67 testimonios, 119 pruebas documentales y pericias que demostraron la estructura del grupo, que incluía uso de empresas fachada como Megagiros y Cambioscorp S.A., ingreso de fondos sin respaldo económico y operaciones bancarias simuladas.
Los jueces también dictaron medidas de reparación económica y rechazaron parcialmente la acusación contra otros tres procesados, por lo que Fiscalía anunció que apelará esta parte del fallo.
El delito de lavado de activos está tipificado en el artículo 317 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y conlleva penas de hasta 13 años de prisión.

