La Corte Constitucional calificó como inconstitucionales las figuras de imprescriptibilidad y retrospectividad, del proyecto de Ley de Extinción de Dominio.
Por unanimidad la Corte Constitucional consideró que la imprescriptibilidad vulnera la seguridad jurídica de las personas al requerir la justificación respecto a la licitud de fondos y bienes.
Y de la misma manera, determinó que el Proyecto de Ley establece la aplicación retroactiva de una medida sancionatoria, lo que resulta incompatible con el derecho a la seguridad jurídica y con el principio de legalidad.
Finalmente, se informó que la parte declarada inconstitucional será archivada, en tanto que, el resto del proyecto pasará a consideración del Pleno


