Diferimiento de créditos: ¡hasta 90 días para tu tranquilidad financiera!

La Superintendencia de Bancos informa que las entidades financieras podrán ofrecer un diferimiento de hasta 90 días en cuotas de crédito, válido hasta el 31 de marzo de 2025.

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Mediante decreto ejecutivo No. 444 emitido por el presidente de la República de Ecuador se expidió que, las entidades financieras públicas y privadas, de la economía popular y solidaria y casas comerciales a escala nacional establecer programas de diferimiento extraordinario y temporal de las obligaciones financieras de sus clientes.

Es decir, el gobierno ha planteado que las entidades financieras otorgar un alivio económico a las familias que mantengan deudas dado el contexto de los cortes de luz que han generado pérdidas a la ciudadanía común. En ese sentido, La Junta de Política y Regulación financiera resolvió que, el diferimiento temporal y extraordinario contemplará los noventa días en cuotas de crédito.

El documento de la Superintendencia de Bancos señala que las cuotas diferidas se podrán trasladar hasta el final de la tabla de amortización. El Decreto Ejecutivo aclara que con la medida no se implementarán cobros adicionales por intereses, moratorias, recargos ni multas.

Esta medida deberá respetar la decisión del cliente de aceptar o rechazar la opción. También se podrán realizar acuerdos de pago, reestructuración de deudas o refinanciamiento en los pagos.

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