Este domingo 9 de febrero de 2025, los ecuatorianos acudirán nuevamente a las urnas para elegir presidente, vicepresidente y los nuevos integrantes de la Asamblea Nacional.
Para garantizar un proceso ordenado, se aplicarán varias restricciones y sanciones:
🔹 Silencio electoral: Inicia el 7 de febrero a las 00:00. Cualquier promoción política desde esa fecha será sancionada. Durante los dos días previos a la votación, está prohibida toda actividad proselitista, como difusión de material o concentraciones.
🔹 Ley seca: Desde el mediodía del 7 de febrero hasta el mediodía del 10 de febrero, estará prohibida la venta, distribución y consumo de alcohol. Quienes infrinjan esta norma deberán pagar una multa de $235. La misma sanción aplicará a quienes voten en estado de embriaguez.
🔹 Alteración del orden público: Cualquier persona que provoque disturbios dentro o fuera de los recintos electorales será multada con $235.
🔹 Porte de armas: Llevar armas de fuego a los recintos electorales se considera una falta grave. Las sanciones pueden ir desde $235 hasta $9.400, además de la suspensión de derechos de participación por hasta dos años. Si el arma no tiene permiso, el infractor será remitido a la Fiscalía.
🔹 Sanción por incumplir el silencio electoral: Quienes infrinjan esta norma deberán pagar una multa equivalente al 50% del Salario Básico Unificado ($235).
La campaña electoral concluirá el 6 de febrero, un día antes del inicio del período de silencio electoral.


