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viernes, 19 junio, 2026

Organizaciones políticas con menos del 4% de votos deberán reintegrar fondos al Estado

Tras las elecciones generales del 9 de febrero de 2025, el Consejo Nacional Electoral (CNE) recordó que, según el Código de la Democracia (Art. 223.1), las organizaciones políticas y candidatos que recibieron financiamiento estatal y no alcanzaron al menos el 4% de los votos deberán devolver el 50% de los fondos otorgados.

Plazo y sanciones

  • El reintegro deberá realizarse en un plazo de 90 días desde la proclamación oficial de los resultados.
  • En caso de incumplimiento, el CNE podrá ejecutar la cobranza coactiva.

Reglas de devolución y excepciones

  • La normativa establece que si un partido participó en dos elecciones consecutivas y obtuvo menos del 4% de votos en ambas, deberá reintegrar el dinero.
  • Excepción: Los comicios anticipados de 2023 fueron considerados extraordinarios, por lo que no cuentan para este cálculo. El análisis se realizará con base en los resultados de 2021 y 2025.

Partidos y candidatos afectados

Entre las organizaciones con menor votación figuran:
✅ Unidad Popular
✅ Partido Sociedad Patriótica
✅ Ecuatoriano Unido
✅ Avanza
✅ Fuerza EC
✅ Alianza Honestidad
✅ Unión Ecuatoriana
✅ Democracia Sí
✅ SUMA
✅ Construye
✅ Podemos
✅ Alianza País

El CNE indicó que en los próximos días notificará formalmente a las organizaciones y candidatos que deberán reintegrar los fondos.

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