Este viernes 28 de febrero, en Quito, 5 sospechosos fueron sentenciados por cometer el delito de secuestro y 3 de ellos tiene antecedentes por porte de armas ilegal.
La sentencia fue distribuida de la siguiente manera: Cristian Miguel T. M., Hoober Julián T. C. y Darlis Isaías D. N. fueron hallados responsables del delito de secuestro agravado y porte de armas, en concurso real de infracciones.
Por la primera infracción los involucrados recibieron una pena de 9 años y 4 meses de prisión. Mientras que por el segundo delito se les cargó 5 años adicionales a su pena inicial. Sumando las dos sentencias en total deberán cumplir 14 años y 4 meses de privación de libertad.
Por otro lado, para los acusados Darwin Steven C. y Cristian David C. M., quienes fueron acusados por cometer el delito de secuestro agravado y deberán cumplir con una pena de 9 años y cuatro meses.
La Fiscal explicó al Tribunal que el 1 de febrero de 2024, alrededor de las 15:00, dos jóvenes circulaban en motocicleta cuando fueron interceptados por Darwin Steven C., Cristian David C. y Darlis Isaías D., quienes se movilizaban en un vehículo rojo. Uno de los jóvenes logró escapar, pero el otro fue obligado a subir al auto.
Luego de recibir la alerta del secuestro, la Policía del Distrito Calderón ejecutó un operativo y localizó un carro que coincidía con las características del vehículo utilizado en el delito. Al detener el automóvil, encontraron a la víctima, quien informó que había sido secuestrada.
El operativo continuó en un inmueble en Pisulí, lugar al que los secuestradores pretendían llevar al joven. En el allanamiento fueron aprehendidos Hoober Julio T. C. y Cristian Miguel T. M., y se encontraron armas de fuego y municiones en el lugar.
Mientras tanto en la audiencia de juicio, la entidad llamó a comparecer a los policías aprehensores y a los que ejecutaron el allanamiento.
Quienes coincidieron con los hechos narrados, lo que constituyó una prueba irrefutable de la responsabilidad de los procesados en los delitos imputados.
La condena del Tribunal también incluye el pago de 20 Salarios Básicos Unificados (SBU), es decir USD 9 200, para Darwin Steven C. y Cristian David C., mientras que Cristian Miguel T. M., Hoober Julián T. C. y Darlis Isaías D. N. deberán pagar 32 SBU, es decir, USD 14 720.
Además, entre todos los acusados deberán cubrir la suma de 5.000 dólares como medida de reparación integral a favor de la víctima.
El delito de secuestro está tipificado en el artículo 161 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Por pedido de Fiscalía, el Tribunal consideró la circunstancia agravante establecida en el artículo 47, numeral 5, de la misma norma: “cometer la infracción con participación de dos o más personas”.
El delito de porte de armas, por el que se calificó el concurso real de infracciones, se sanciona en el artículo 360, inciso segundo del COIP.



