La Corte Constitucional admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad presentada por el Ministerio del Trabajo contra la Resolución 05-2021 de la Corte Nacional de Justicia.
La normativa, emitida en marzo de 2021, establecía que en casos de despido ineficaz de trabajadoras embarazadas, madres o dirigentes sindicales, los jueces únicamente podían admitir esa petición y no otras relacionadas con beneficios laborales pendientes.
Esto impedía que en un mismo proceso se tramiten reclamos por décimos, vacaciones o sueldos atrasados, obligando a las trabajadoras a iniciar juicios adicionales.
La Ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, sostiene que esta disposición vulnera la tutela judicial efectiva y restringe el acceso a una justicia imparcial y expedita.
Según Núñez, no deben existir procesos diferenciados cuando se trata de reclamos laborales que por su naturaleza deben ser resueltos en un mismo procedimiento.
La Corte Constitucional analizará ahora los argumentos para determinar si la resolución de la Corte Nacional de Justicia vulnera derechos y principios laborales en el país.


