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COVID-19

Nuevas resoluciones del COE Nacional tras el fin del estado de excepción

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Después que la Corte Constitucional declaró inconstitucional el último decreto emitido por el Gobierno Nacional donde se disponía un estado de excepción, el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, resolvieron nuevas restricciones. El pleno del COE, dejó sin efecto las medidas de toque de queda y las restricciones de circulación vehicular, a excepción de los GAD que tienen la competencia para el efecto.

En el comunicado oficial el COE Nacional dispone lo siguiente:

 A fin de mantener las acciones que han permitido reducir el impacto de la pandemia, el COE Nacional, presenta los lineamientos específicos que cada autoridad debe tomar en consideración al momento de expedir los instrumentos legales y de política pública pertinentes.

1. Requisito de pruebas RT-PCR para el ingreso al país: 

El Ministerio de Salud en el ámbito de sus competencias, emitirá la normativa que regule y controle el ingreso de personas al país, por cualquier de los puntos de entrada (aéreo, terrestre o marítimo).

2. Sistema educativo nacional:

Se mantendrán suspendidas las clases de manera presencial, se continuará con clases bajo la modalidad virtual – remota, cumpliendo con el Plan Educativo COVID-19. Se mantiene la autorización de planes piloto realizada por el COE Nacional, se podrán incorporar nuevas instituciones y nuevas modalidades en ese piloto, el retorno a clases será opcional, las instituciones educativas deben garantizar también modalidades de educación virtual. Las autorizaciones para implementar los pilotajes de clases presenciales darán inicio el 18 de enero y dependerán de la evolución de la pandemia en el país.

El retorno de docentes a las unidades educativas se desarrollará a partir del 18 de enero de 2021, bajo los lineamientos de alternancia que emita la Autoridad Educativa Nacional, y dependerá de la evolución de la pandemia en el país, mientras tanto, deberán desarrollar sus actividades bajo la modalidad de teletrabajo.

3. Educación superior:

Se permitirá el desarrollo e implementación de planes piloto para el retorno progresivo de actividades, para el efecto se deberá coordinar con el Consejo de Educación Superior y las Instituciones de Educación Superior, todo esto en el marco de la autonomía responsable de las universidades y escuelas politécnicas.

Las autorizaciones para el retorno progresivo a actividades presenciales darán inicio el 18 de enero y dependerán de la evolución de la pandemia en el país.

4. Trabajo:

Se ratifica la disposición emitida mediante Resolución del COE Nacional de 22 de diciembre de 2020, se mantendrá el teletrabajo hasta el 18 de enero, de conformidad a las necesidades institucionalidades, en aquellas actividades cuya naturaleza así lo permita.

5. Comité de Operaciones de Emergencia Nacional:

El Comité de Operaciones de Emergencia Nacional y la estructura de la gestión de la crisis sanitaria se mantiene operativo, con la responsabilidad de continuar realizando actividades de coordinación, monitoreo, análisis y soporte, que aseguren una gestión adecuada para el control de la pandemia, debiendo generar alertas para la toma de  decisiones, a través de las Mesas Técnicas y Grupos de Trabajo.

6. Disposiciones de bioseguridad:

Se mantienen las disposiciones de bioseguridad emitidas en los protocolos autorizados por el COE Nacional, se recomienda a la ciudadanía su aplicación conforme las normas del DISTANCIAMIENTO SOCIAL, USO DE MASCARILLA y LAVADO PERMANENTE DE MANOS.

7. Fronteras Terrestres y Puertos Marítimos:

El Ministerio de Relaciones Exteriores Movilidad Humana, Ministerio de Gobierno, Ministerio de Defensa Nacional, serán las instituciones a cargo de emitir los lineamientos específicos al respecto, en los casos que amerite y excepcionalidades.

Las fronteras terrestres y puertos marítimos continúan cerrados de acuerdo a la Resolución del Gabinete Sectorial de Seguridad.

Únicamente se mantienen abiertos los Centros Nacional o Binacional de Atención en Frontera Rumichaca con Colombia y Huaquillas con Perú, espectivamente para actividades de comercio exterior e ingreso de ciudadanos nacionales y extranjeros residentes conforme requisitos.

8. Espectáculos públicos:

Ninguna Intendencia General de Policía a nivel nacional otorgará permisos para este tipo de eventos, de existir un cambio en esta disposición será anunciado oportunamente.

9. Bares, Discotecas, Centros De Diversión y Centros de Tolerancia:

Corresponde la definición de aperturas a los GAD, debiendo previamente contar con el soporte del órgano de salud que desde el COE Cantonal oriente esta decisión; para las actividades de control se recomienda acoger el proceso de apertura, horarios y aforo establecido en el Acuerdo interministerial No. 00010 del 18 de septiembre del 2020, suscrito por los Ministerios de Gobierno, Salud y Turismo; las actividades de control se coordinan entre los entes municipales, intendencias y comisarías a nivel nacional.

10. Vigencia de protocolos:

Todos los protocolos e instrumentos generados desde el COE Nacional se mantienen vigentes.

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