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viernes, 1 mayo, 2026

Sentenciado a 13 años de cárcel al autor de un abuso sexual en Cuenca

Este martes 18 de febrero, en Cuenca, la Fiscalía sentenció a un terapeuta ocupacional por cometer un delito de abuso sexual.

Durante la audiencia de juicio, la entidad demostró la autoría de Bryan Esteban Ll., por perpetrar un abuso sexual en contra de una niña de 10 años que padece un 43% de discapacidad psicosocial, relacionada al Trastorno de Espectro Autista (TEA).

Tras analizar las pruebas presentadas, el Tribunal Penal de Azuay, sentenció a 13 años y cuatro meses de prisión al implicado. Además del pago de USD 3 000 dólares como reparación integral a la víctima menor de edad.

Por otro lado, como medidas de no repetición, los Jueces ordenaron a Acción Social Municipal de Cuenca, la instalación de cámaras de seguridad en las áreas donde niños y niñas reciben terapias y la elaboración de un protocolo para prevenir agresiones sexuales en sus instalaciones.

Según testimonios, la menor junto con su madre asistía al Centro de Discapacidades de Acción Social Municipal, los días martes y jueves para recibir terapias de lenguaje ocupacional.

El 15 de noviembre de 2023, la progenitora dejó dola a la víctima con el terapeuta ocupacional, procesado en el caso, adicional ese día su compañero de terapia no asistió.

Es así, que el agresor aprovechando la situación, tocó indebidamente a la paciente mientras realizaba preguntas como “si tiene novio y si quería casarse con él”.

También, el implicado pidió a la víctima que no contara lo sucedido, argumentando que se pondría triste.

Luego de su sesión, la pequeña relató lo sucedido a su madre y mencionó que no quiere volver al centro terapéutico.

Por lo tanto, durante el proceso legal, Fiscalía presentó el testimonio anticipado de la víctima, las declaraciones de sus padres, de los psicólogos que la atendían en el centro educativo donde estudiaba y de funcionarios de Acción Social Municipal.

Mientras tanto, el perito encargado de realizar la valoración psicológica también se presentó en la audiencia, además de los agentes de la Policía que efectuaron el reconocimiento del lugar de los hechos e investigaron el caso.

El artículo 170, inciso 1, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) tipifica el abuso sexual como un acto de naturaleza sexual sin penetración o acceso carnal. Según el inciso 2 del mismo artículo, si la víctima es menor de 14 años, la pena aplicable es de siete a diez años de prisión. En este caso, el Tribunal agravó la condena al considerar circunstancias que incrementaron la sanción.

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