Fiscalía informó este martes 28 de enero de 2025, que un médico fue sentenciado por mala práctica por el delito de homicidio culposo al realizar una mala práctica médica en Quito.
Según la entidad el médico general fue identificado como Fernando Ch., y deberá cumplir tres años de pena privativa de libertad. Así fue el fallo emitido por la Sala de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha.
En la resolución oral, los jueces de segunda instancia impusieron la pena máxima al procesado, luego de haberlo hallado culpable por realizar una mala práctica médica en donde una mujer perdió la vida en mayo de 2020.
Por otro lado, un Tribunal de Garantías Penales en un principio declaró inocente al acusado, pero Fiscalía, para evitar la impunidad, apeló esta decisión ante la Corte Provincial de Justicia insistiendo en que Fernando Ch fue el responsable directo de la muerte de la mujer.
Como antecedente, el 27 de mayo de 2020, el sentenciado habría practicado un procedimiento ginecológico a la víctima a pesar de no tener especialidad en esta rama de la medicina, sino en medicina general.
El galeno utilizó pinzas lo que causó una perforación en el útero de la mujer y tuvo que ser trasladada de inmediato al hospital del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), al sur de Quito.
Según información brindada por los médicos del IESS, habrían identificado “rastros de un proceso abortivo y tuvieron que retirar el útero”. A las 16 horas de estar internada la mujer falleció por la causa por la que ingresó.
La entidad fiscal durante el proceso judicial hasta la audiencia acusó al implicado por el delito de aborto con muerte. Además, presentó un testigo que habría asegurado que el sentenciado mencionó que habría practicado un aborto a la mujer.
Sin embargo, para el Tribunal Penal no hubo indicios de que la paciente se encontraba en estado de gestación.
El Fiscal a cargo del caso añadió que “Fernando Ch. actuó con imprudencia al practicar el procedimiento en un entorno inapropiado, con impericia al provocar perforaciones en el útero y con negligencia al ser responsable de una mala práctica médica.”
El funcionario añadió que el procedimiento de legrado debía ser ejecutado por un ginecólogo y no por un médico general.
Finalmente, se sentenció a implicado por delito de homicidio culposo por mala práctica profesional y deberá pagar la cantidad de USD 5 000 a los familiares de la víctima y una multa de diez salarios básicos unificados que equivale a USD 4 600.


